Resumen del Artículo setenta y uno

Artículo setenta y uno del Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) — y uno Uno. El Gobierno podrá igualmente plantear conflicto de competencias negativo cuando habiendo requerido al órgano ejecutivo superior de una Comunidad Autónoma para que ejercite las atribuciones propias de la competencia que a la Comunidad confieran sus propios estatutos o…

LOTCVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo setenta y uno

Uno. El Gobierno podrá igualmente plantear conflicto de competencias negativo cuando habiendo requerido al órgano ejecutivo superior de una Comunidad Autónoma para que ejercite las atribuciones propias de la competencia que a la Comunidad confieran sus propios estatutos o una Ley orgánica de delegación o transferencia, sea desatendido su requerimiento por declararse incompetente el órgano requerido.

Dos. La declaración de incompetencia se entenderá implícita por la simple inactividad del órgano ejecutivo requerido dentro del plazo que el Gobierno le hubiere fijado para el ejercicio de sus atribuciones, que en ningún caso será inferior a un mes.

Norma publicada: 3 de octubre de 1979

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo setenta y uno

¿Qué dice el Artículo setenta y uno del LOTC?

y uno Uno. El Gobierno podrá igualmente plantear conflicto de competencias negativo cuando habiendo requerido al órgano ejecutivo superior de una Comunidad Autónoma para que ejercite las atribuciones…

¿El Artículo setenta y uno del LOTC está vigente?

El artículo setenta y uno del LOTC está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo setenta y uno dentro del LOTC?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II › SECCION SEGUNDA.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo setenta y uno?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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